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Estatutos
• Que, la Universidad Nacional de Loja instituyó el 8 de abril de 1987 la Jubilación Especial Docente a favor de sus Profesores, dictando un Reglamento Especial que fue reformado el 22 de abril de 1992 y el 11 de abril de 1995. El Consejo Universitario el 18 de febrero de 1999 aprobó un nuevo Reglamento codificado que se halla vigente, con sus reformas y resoluciones de: 10 de febrero de 2000, 11 de julio de 2000, 1 de agosto de 2000, 21 de noviembre de 2000, 5 de diciembre de 2000, 29 de mayo de 2001, 27 de noviembre de 2001, y, 22 de enero de 2002; el Consejo Universitario dictó el Reglamento de Jubilación, Indemnización y Cesantía Docente, aprobado el 9 de julio de

Nuestra institucion brinda tres tipos de préstamos: quirografarios, emergentes, e hipotecarios.
Quirografarios.- Este tipo de préstamos es sobre firmas con un monto de hasta 15.000 usd y un plazo de hasta 6 años.
Emergente.- El cual se otorga hasta el 75% del sueldo líquido que recibe
cada docente con un plazo de hasta 3 meses.
Hipotecarios.- Es por un monto de hasta 40000 USD
a un plazo de hasta 15 años.
Cabe recalcar que los préstamos son concedidos todos los meses, siempre que haya disponibilidad económica

Requisitos:
Quirografario: garantia de dos docentes, copia cédula del deudor y garantes, confidencial del sueldo, adquirir una solicitud en el fondo y firmar pagare, deudor y garantes.
Emergente: solicitud, copia de cédula del garante que sea docente, no del deudor.
Hipotecario: solicitud, escritura del bien a hipotecar libre de desgravamen, certificación del Registro de Propiedad historiada de 15 años, copia de cédula del deudor docente y del conyuge, confidencial del último mes del sueldo, pago del predio al municipio actualizado.
Es caso de construcciones, planos aprobados por el municipio, permiso de construcción, presupuesto de obra y cronograma de trabajo. En caso de que se desee pagar a una entidad Financiera, se requiere del certificado de esa entidad.